Receta medica
La palabra prescripción proviene
del latín praescriptio que significa ordenar o mandar. La receta es un
documento legal que ha acompañado a la práctica médica desde tiempo remotos.
Sus vestigios más antiguos se remontan al 1700 a.C. en Babilonia, y 1500 a.C.
en la India y Egipto.
En la actualidad quien prescribe
debe apegar a ciertas normas legales, por ejemplo, en México se cuenta con el
Reglamento de Insumos para la Salud (RIS). En su Artículo 28 del Título Segundo,
Sección Tercera, indica que la receta podría ser emitida por: médicos,
homeópatas, cirujanos dentistas, veterinarios, enfermeras y pasantes, todos
ellos en sus áreas de su competencia.
La receta es un documento legal.
Debe ser clara y legible. Debe tener instrucciones precisas para que le
farmacéutico la surta y el paciente la utilice. Se recomienda que el médico u
odontólogo conserve una copia que debe anexar al expediente. Es importante
apegarse a la normatividad vigente y elaborar la receta de acuerdo al siguiente
formato:
Identificación profesional
Es la identificación profesional
del Cirujano Dentista y debe incluir:
·
Nombre
completo.
·
Profesión.
·
Nombre
de la institución que le hubiere expedido el titulo profesional.
·
Cedula
profesional
·
Domicilio
·
Teléfono
·
Firma
y sello
Estos datos, además de ser un
requisito legal, permitirá al paciente tener fácil acceso y comunicación con su
médico, para aclarar cualquier duda sobre el tratamiento.
Cuerpo
de la receta
Fecha de expedición
El articulo 29de RIS exige que
en la receta se anote la fecha de su expedición. La fecha ayuda a prevenir que
el paciente pueda conservarla y utilizarla posteriormente.
Ficha del paciente
Nombre, edad, sexo, peso. Los
datos del paciente dejan en claro que la receta fue expedida para esa persona y
evitar el mal uso de ella.
Superinscripción
Actualmente se usa en la
superinscripción la sigla Rx o Rp, este ultimo es la abreviatura del latín Recipe,
como una orden para el farmacéutico de surtir la receta y para el paciente
para aplicarse al tratamiento.
Inscripción
El emisor deberá anotar:
·
Nombre
del medicamento genérico y/o comercial
·
Nombre
del laboratorio que lo produce
·
Presentación
Prescripción
El emisor deberá indicar:
·
Vía
de administración
·
Frecuencia
(cada cuanto)
·
Tiempo
de duración del tratamiento.
La receta sólo se deberá surtirse en el
lapso que dure el tratamiento.
Bibliografía: Espinoza Meléndez, Maria Teresa Farmacología y terapéutica en odontología. Edit. Paranamericana
Autor: C.D José Antonio Loyola González
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