jueves, 30 de abril de 2020

RECETA MEDICA


                               

                   Receta medica                                                                    


La palabra prescripción proviene del latín praescriptio que significa ordenar o mandar. La receta es un documento legal que ha acompañado a la práctica médica desde tiempo remotos. Sus vestigios más antiguos se remontan al 1700 a.C. en Babilonia, y 1500 a.C. en la India y Egipto.
En la actualidad quien prescribe debe apegar a ciertas normas legales, por ejemplo, en México se cuenta con el Reglamento de Insumos para la Salud (RIS). En su Artículo 28 del Título Segundo, Sección Tercera, indica que la receta podría ser emitida por: médicos, homeópatas, cirujanos dentistas, veterinarios, enfermeras y pasantes, todos ellos en sus áreas de su competencia.
La receta es un documento legal. Debe ser clara y legible. Debe tener instrucciones precisas para que le farmacéutico la surta y el paciente la utilice. Se recomienda que el médico u odontólogo conserve una copia que debe anexar al expediente. Es importante apegarse a la normatividad vigente y elaborar la receta de acuerdo al siguiente formato:


    Identificación profesional


Es la identificación profesional del Cirujano Dentista y debe incluir:
·         Nombre completo.
·         Profesión.
·         Nombre de la institución que le hubiere expedido el titulo profesional.
·         Cedula profesional
·         Domicilio
·         Teléfono
·         Firma y sello
Estos datos, además de ser un requisito legal, permitirá al paciente tener fácil acceso y comunicación con su médico, para aclarar cualquier duda sobre el tratamiento.


Cuerpo de la receta


Fecha de expedición
El articulo 29de RIS exige que en la receta se anote la fecha de su expedición. La fecha ayuda a prevenir que el paciente pueda conservarla y utilizarla posteriormente.
Ficha del paciente
Nombre, edad, sexo, peso. Los datos del paciente dejan en claro que la receta fue expedida para esa persona y evitar el mal uso de ella.
Superinscripción
Actualmente se usa en la superinscripción la sigla Rx o Rp, este ultimo es la abreviatura del latín Recipe, como una orden para el farmacéutico de surtir la receta y para el paciente para aplicarse al tratamiento.
Inscripción
El emisor deberá anotar:
·         Nombre del medicamento genérico y/o comercial
·         Nombre del laboratorio que lo produce
·         Presentación
Prescripción
El emisor deberá indicar:
·         Vía de administración
·         Frecuencia (cada cuanto)
·         Tiempo de duración del tratamiento.
La receta sólo se deberá surtirse en el lapso que dure el tratamiento.

Bibliografía: Espinoza Meléndez, Maria Teresa Farmacología y terapéutica en odontología. Edit. Paranamericana

Autor: C.D José Antonio Loyola González 

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